UNIVERSIDAD ALFONSO REYES
UNIDAD LINDA VISTA
DIVISION HUMANIDADES
LICENCIATURA EN CIENCIAS
JURIDICAS
NOMBRE:
GABRIELA ELIZABETH AVILA RODRIGUEZ
MATRICULA.
L-9720
MATERIA:
DERECHO FISCAL
CATEDRATICO:
LIC. NORMA VEGA
ENSAYO:
IMPUESTOS
GUADALUPE, NUEVO
LEON A 26 DE JUNIO DEL 2012
INTRODUCCION
La materia fiscal abarca muchos
aspectos del ámbito económico de un país, en este ensayo se tocaran el punto de
los impuestos. Como cuales impuestos
existen, cual es la finalidad de los impuestos, como se integran, y mas.
LOS
IMPUESTOS
El impuesto
es una clase de tributo regido por derecho
público. Se caracteriza por no
requerir una contraprestación directa o determinada por parte de la
administración hacendaria.
Los impuestos en la mayoría de legislaciones surgen
exclusivamente por la "potestad tributaria del Estado",
principalmente con el objeto de financiar sus gastos. Su principio rector, denominado "Capacidad Contributiva",
sugiere que quienes más tienen deben aportar en mayor medida al financiamiento
estatal, para consagrar el principio constitucional de equidad y el principio
social de solidaridad.
La vinculación ingreso público-financiamiento, no debe en
modo alguno hacer pasar por alto los usos adicionales y los propósitos a que
frecuentemente afecta a los ingresos, la Hacienda Pública moderna utiliza los
instrumentos de captación de ingresos públicos adicionalmente como instrumentos
de política económica, es decir a través de ellos, en ocasiones pretende además
de allegarse medios de cobertura del gasto público, alcanzar determinados
resultados en el ámbito de economía, por ejemplo estimular el ahorro,
incentivar la creación de fuentes de empleo, reforzar la lucha contra los procesos
inflacionarios restando liquidez a la economía, etc.
Elementos del impuesto
ü Hecho
imponible: Aquella circunstancia cuya
realización, de acuerdo con la ley, origina la obligación tributaria. Son
hechos imponibles comunes la obtención de una renta, la venta de bienes y la
prestación de servicios, la propiedad de bienes y la titularidad de derechos
económicos, la adquisición de bienes y derechos por herencia o donación.
ü Sujeto
pasivo: el que debe, es la persona
natural o jurídica que está obligada por ley al cumplimiento de las
prestaciones tributarias. Se distingue entre contribuyente, al que la ley
impone la carga tributaria, y responsable legal o sustituto del contribuyente
que está obligado al cumplimiento material o formal de la obligación.
ü Sujeto
activo: es la entidad administrativa beneficiada
directamente por el recaudo del impuesto, quien hace figurar en su presupuesto
los ingresos por el respectivo tributo. En el caso colombiano, por ejemplo, los
sujetos activos son administraciones de carácter territorial de orden nacional,
departamental, municipal o distrital, a los que la creación del tributo define
en un caso u otro como destinatarios.
ü Base
imponible: es la cuantificación y valoración del hecho
imponible y determina la obligación tributaria. Se trata de una cantidad de
dinero, pero puede también tratarse de otros signos, como el número de personas
que viven en una vivienda, litros de gasolina, litros de alcohol o número de
cigarros.
ü Tipo de
gravamen: es la proporción que se aplica sobre la base
imponible con objeto de calcular el gravamen. Dicha proporción puede ser fija o
variable.
ü Cuota
tributaria: Aquella cantidad que representa el gravamen y puede
ser una cantidad fija o el resultado de multiplicar el tipo impositivo por la
base imponible.
ü Deuda
tributaria: es el resultado final luego de reducir la cuota
con posibles deducciones y de incrementarse con posibles recargos, que debe ser
a pagada al sujeto activo según las normas y procedimientos establecidos para
tal efecto.
Finalidades
ü Fines fiscales: es la aplicación de un impuesto para satisfacer
una necesidad pública de manera indirecta. Es decir, se recauda y lo producido
de la recaudación (el dinero) se aplica en gastos para financiar diversos
servicios públicos.
ü Fines extra-fiscales: es la aplicación de un impuesto para satisfacer
una necesidad pública o interés público de manera directa. El clásico ejemplo
son los impuestos a los cigarrillos y a las bebidas alcohólicas.
ü Fines mixtos: es la finalidad de búsqueda conjunta de los dos
fines anteriores.
Impuestos directos e indirectos
Impuesto directo o imposición directa es el impuesto que grava directamente las fuentes de riqueza, la propiedad o la renta. Son el impuesto sobre la renta, el impuesto sobre el patrimonio, el impuesto de sucesiones, la contribución rústica y urbana (o impuesto sobre bienes inmuebles), los impuestos sobre la posesión de vehículos (Impuesto
de la tenencia o uso de vehículos, Impuesto
sobre Vehículos de Tracción Mecánica), animales, etc. En sistemas fiscales históricos se daba la capitación (impuesto igual a todos los habitantes), y también
eran impuestos directos muchos de los exigidos dentro del complejo sistema
fiscal en torno a la renta feudal.
Impuesto indirecto o imposición indirecta es el impuesto que
grava el consumo. Su nombre radica en que no afecta de manera
directa los ingresos de un contribuyente sino que recae sobre el costo de algún
producto o mercancía. El impuesto indirecto más importante es el impuesto al valor agregado o IVA el cual constituye una parte importante de
los ingresos tributarios en muchos países del mundo. Históricamente, es el caso
de la alcabala castellana del Antiguo Régimen y de los consumos del siglo XIX.
Tipos de impuestos
Ø
Impuestos individuales sobre
la renta, beneficios y ganancias de capital
Ø
Impuestos de sociedades sobre
la renta, beneficios y ganancias de capital
Ø
Otros
Ø
Trabajadores
Ø
Empresarios
Ø
Autónomos y empleados
ü
Impuestos sobre la propiedad
Ø
Impuestos periódicos sobre la
propiedad inmobiliaria
Ø
Impuestos periódicos sobre la
riqueza neta
Ø
Impuestos sobre transacciones
financieras y de capital
Ø
Impuestos no periódicos.
ü
Impuestos sobre bienes y
servicios
Ø
Impuestos sobre producción,
venta, transferencias, arrendamiento y distribución de bienes y prestación de
servicios.
Ø
Impuestos sobre bienes y
servicios específicos
Ø
Impuestos sobre uso o permiso
de uso o desarrollo de actividades relacionadas con bienes específicos
(licencias).
ü
Otros impuestos
Ø
Pagados exclusivamente por
negocios
Ø
Otros
CONCLUSION
En conclusión los impuestos son las aportaciones
que cada individuo consumidor paga, para que el Estado obtenga los recursos
necesarios para cubrir las necesidades básicas de sus gobernados. Y gracias a estos obtenernos muchos de los
beneficios que el Estado nos presta como la infraestructura vial, los servicios
de seguridad, etc.
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