miércoles, 18 de julio de 2012

fiscal impuestos (1)


UNIVERSIDAD ALFONSO REYES



UNIDAD LINDA VISTA



DIVISION HUMANIDADES

LICENCIATURA EN CIENCIAS JURIDICAS







NOMBRE: GABRIELA ELIZABETH AVILA RODRIGUEZ



MATRICULA. L-9720



MATERIA: DERECHO FISCAL



CATEDRATICO: LIC. NORMA VEGA



ENSAYO: IMPUESTOS



GUADALUPE, NUEVO LEON A 26 DE JUNIO DEL 2012
























INTRODUCCION



La materia fiscal abarca muchos aspectos del ámbito económico de un país, en este ensayo se tocaran el punto de los impuestos.  Como cuales impuestos existen, cual es la finalidad de los impuestos, como se integran, y mas.





LOS IMPUESTOS



El impuesto es una clase de tributo  regido por derecho público. Se caracteriza por no requerir una contraprestación directa o determinada por parte de la administración hacendaria.

Los impuestos en la mayoría de legislaciones surgen exclusivamente por la "potestad tributaria del Estado", principalmente con el objeto de financiar sus gastos. Su principio rector, denominado "Capacidad Contributiva", sugiere que quienes más tienen deben aportar en mayor medida al financiamiento estatal, para consagrar el principio constitucional de equidad y el principio social de solidaridad.

La vinculación ingreso público-financiamiento, no debe en modo alguno hacer pasar por alto los usos adicionales y los propósitos a que frecuentemente afecta a los ingresos, la Hacienda Pública moderna utiliza los instrumentos de captación de ingresos públicos adicionalmente como instrumentos de política económica, es decir a través de ellos, en ocasiones pretende además de allegarse medios de cobertura del gasto público, alcanzar determinados resultados en el ámbito de economía, por ejemplo estimular el ahorro, incentivar la creación de fuentes de empleo, reforzar la lucha contra los procesos inflacionarios restando liquidez a la economía, etc.

Elementos del impuesto

ü  Hecho imponible: Aquella circunstancia cuya realización, de acuerdo con la ley, origina la obligación tributaria. Son hechos imponibles comunes la obtención de una renta, la venta de bienes y la prestación de servicios, la propiedad de bienes y la titularidad de derechos económicos, la adquisición de bienes y derechos por herencia o donación.

ü  Sujeto pasivo: el que debe, es la persona natural o jurídica que está obligada por ley al cumplimiento de las prestaciones tributarias. Se distingue entre contribuyente, al que la ley impone la carga tributaria, y responsable legal o sustituto del contribuyente que está obligado al cumplimiento material o formal de la obligación.

ü  Sujeto activo: es la entidad administrativa beneficiada directamente por el recaudo del impuesto, quien hace figurar en su presupuesto los ingresos por el respectivo tributo. En el caso colombiano, por ejemplo, los sujetos activos son administraciones de carácter territorial de orden nacional, departamental, municipal o distrital, a los que la creación del tributo define en un caso u otro como destinatarios.

ü  Base imponible: es la cuantificación y valoración del hecho imponible y determina la obligación tributaria. Se trata de una cantidad de dinero, pero puede también tratarse de otros signos, como el número de personas que viven en una vivienda, litros de gasolina, litros de alcohol o número de cigarros.

ü  Tipo de gravamen: es la proporción que se aplica sobre la base imponible con objeto de calcular el gravamen. Dicha proporción puede ser fija o variable.

ü  Cuota tributaria: Aquella cantidad que representa el gravamen y puede ser una cantidad fija o el resultado de multiplicar el tipo impositivo por la base imponible.

ü  Deuda tributaria: es el resultado final luego de reducir la cuota con posibles deducciones y de incrementarse con posibles recargos, que debe ser a pagada al sujeto activo según las normas y procedimientos establecidos para tal efecto.

Finalidades

ü  Fines fiscales: es la aplicación de un impuesto para satisfacer una necesidad pública de manera indirecta. Es decir, se recauda y lo producido de la recaudación (el dinero) se aplica en gastos para financiar diversos servicios públicos.

ü  Fines extra-fiscales: es la aplicación de un impuesto para satisfacer una necesidad pública o interés público de manera directa. El clásico ejemplo son los impuestos a los cigarrillos y a las bebidas alcohólicas.

ü  Fines mixtos: es la finalidad de búsqueda conjunta de los dos fines anteriores.

Impuestos directos e indirectos

Impuesto directo o imposición directa es el impuesto que grava directamente las fuentes de riqueza, la propiedad o la renta. Son el impuesto sobre la renta, el impuesto sobre el patrimonio, el impuesto de sucesiones, la contribución rústica y urbana (o impuesto sobre bienes inmuebles), los impuestos sobre la posesión de vehículos (Impuesto de la tenencia o uso de vehículos, Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica), animales, etc. En sistemas fiscales históricos se daba la capitación (impuesto igual a todos los habitantes), y también eran impuestos directos muchos de los exigidos dentro del complejo sistema fiscal en torno a la renta feudal.

Impuesto indirecto o imposición indirecta es el impuesto que grava el consumo. Su nombre radica en que no afecta de manera directa los ingresos de un contribuyente sino que recae sobre el costo de algún producto o mercancía. El impuesto indirecto más importante es el impuesto al valor agregado o IVA el cual constituye una parte importante de los ingresos tributarios en muchos países del mundo. Históricamente, es el caso de la alcabala castellana del Antiguo Régimen y de los consumos del siglo XIX.

Tipos de impuestos

La clasificación de impuestos de la OCDE es la siguiente:

ü  Impuestos sobre la renta (ISR), los beneficios y las ganancias de capital

Ø  Impuestos individuales sobre la renta, beneficios y ganancias de capital

Ø  Impuestos de sociedades sobre la renta, beneficios y ganancias de capital

Ø  Otros

ü  Contribuciones a la Seguridad Social

Ø  Trabajadores

Ø  Empresarios

Ø  Autónomos y empleados

ü  Impuestos sobre nóminas de trabajadores y mano de obra

ü  Impuestos sobre la propiedad

Ø  Impuestos periódicos sobre la propiedad inmobiliaria

Ø  Impuestos periódicos sobre la riqueza neta

Ø  Impuestos sobre herencias, sucesiones y donaciones

Ø  Impuestos sobre transacciones financieras y de capital

Ø  Impuestos no periódicos.

ü  Impuestos sobre bienes y servicios

Ø  Impuestos sobre producción, venta, transferencias, arrendamiento y distribución de bienes y prestación de servicios.

Ø  Impuestos sobre bienes y servicios específicos

Ø  Impuestos sobre uso o permiso de uso o desarrollo de actividades relacionadas con bienes específicos (licencias).

ü  Otros impuestos

Ø  Pagados exclusivamente por negocios

Ø  Otros

CONCLUSION

En conclusión los impuestos son las aportaciones que cada individuo consumidor paga, para que el Estado obtenga los recursos necesarios para cubrir las necesidades básicas de sus gobernados.  Y gracias a estos obtenernos muchos de los beneficios que el Estado nos presta como la infraestructura vial, los servicios de seguridad, etc.

 

No hay comentarios:

Publicar un comentario