miércoles, 25 de julio de 2012

aduanero 1

UNIVERSIDAD ALFONSO REYES

UNIDAD LINDA VISTA

DIVISION HUMANIDADES
LICENCIATURA EN CIENCIAS JURIDICAS



NOMBRE: GABRIELA ELIZABETH AVILA RODRIGUEZ

MATRICULA. L-9720

MATERIA: LEGISLACION ADUANERA

CATEDRATICO: LIC. NORMA VEGA

ENSAYO: GENERALIDADES DE LA LEY ADUANERA

GUADALUPE, NUEVO LEON A  4 DE JULIO DEL 2012








INTRODUCCION

En este pequeño ensayo hablare de las generalidades estipuladas en los primero artículos de la Ley Aduanera.  Tocando los puntos mas importantes de estos para que podamos tener un concepto de lo que trata dicha ley.


LEY ADUANERA

La ley aduanera es la que regula la entrada y salida del territorio nacional de la mercancías, (entiéndase por mercancías, los productos, artículos, efectos y cualesquier otros bienes, aun cuando las leyes los consideren inalienables o irreductibles a propiedad privada) y de los medios en que se transportan o conducen, el despacho aduanero y los hechos o actos que deriven de este o de la entrada y salida de mercancías.

Todos lo sujetos quienes introduzcan mercancías o las extraigan del territorio nacional, ya sea en calidad de propietarios, poseedores, destinatarios, remitentes, apoderados, agentes aduanales o aquellas personas que tengan intervención en la introducción, extracción, custodia, almacenaje, manejo y tenencia, estarán obligados al cumplimiento de las disposiciones citadas en la Ley Aduanera.

Las autoridades aduaneras son las únicas facultadas para realizar las funciones de vigilancia y colaboración relativas a la entrada y salida de mercancías  del territorio nacional.

Las autoridades aduaneras tiene lineamientos para el control, la vigilancia y la seguridad de sus recintos fiscales y de las mercancías de comercio exterior, en las cuales las personas que operen o administren los puertos de altura, aeropuertos  internacionales o aquellas que presten los servicios auxiliares de terminales ferroviarias de pasajeros de carga, deberán colaborar con las mismas para el cumplimiento de dichos fines. 

Estas personas se comprometerán a:

·        Poner a disposición de las autoridades aduaneras en los recintos fiscales las instalaciones adecuadas para las funciones propias del despacho de mercancías y las demás que deriven de la Ley, así como cumplir los gastos de mantenimiento de dichas instalaciones.
·        Deberán adquirir, instalar, dar mantenimiento y poner a disposición de las autoridades aduaneras el equipo necesario para que les permita la revisión de las mercancías, como aparatos de rayos x, gamma, básculas para el pesaje, cámara de circuito cerrado, video, telecomunicaciones, etc.

También las empresas ya sea aérea, ferroviarias que se dediquen al transporte internacional de pasajeros, tiene la obligación de transmitir de manera electrónica al SAT, toda la información de los pasajeros, tripulación y medios de transporte que lleve consigo. Y en caso de que transporten mercancías explosivas, armas de fuego, estas deberán dar aviso a las autoridades aduaneras al menos veinticuatro horas antes del arribo a territorio mexicano y a su vez las autoridades deberán dar aviso a la milicia para que esta determine las medidas de seguridad necesarias.

En el caso de las naves militares o de gobiernos extranjeros no quedaran sujetas a las disposiciones de la Ley Aduanera  a menos que sean utilizadas en una operación comercial.

 Por ultimo hablando de las mercancías como un todo, podemos hacer mención del dinero en efectivo, en este caso la Ley nos estipula ciertas reglas, para ingresarlo a territorio nacional,  la cual es que quien traiga consigo una cantidad superior el equivalente a diez mil dólares americanos tendrá la obligación de declararla ante las autoridades aduanera, esto sucede también con los cheques nacionales o extranjeros, las ordenes de pago o documentos por cobrar.  Esta disposición rige también para las empresas que realicen actividades de transporte, traslado y custodia de valores, de igual manera a las mensajerías que internen o extraigan del territorio nacional la cantidad antes mencionada.



CONCLUSION

            Estas en si son algunas de las disposiciones incluidas en la Ley Aduanera vistas de una manera muy general.  Con esto nos podemos dar una idea de lo que esta ley regula y para que es importante que se acaten sus disposiciones, es un ordenamiento legal que ayuda de mantener el orden económico del país, y de tal forma llevar un control de todos los movimientos que se realicen de importación o exportación de mercancías en el país.

miércoles, 18 de julio de 2012

seguro social (2)


UNIVERSIDAD ALFONSO REYES



UNIDAD LINDA VISTA



DIVISION HUMANIDADES

LICENCIATURA EN CIENCIAS JURIDICAS







NOMBRE: GABRIELA ELIZABETH AVILA RODRIGUEZ



MATRICULA. L-9720



MATERIA: LEGISLACION IMMS E INFONAVIT



CATEDRATICO: LIC. SAN JUANA ALICIA JASSO OBREGON



ENSAYO: DE LOS SEGUROS DEL REGIMEN OBLIGATORIO



GUADALUPE, NUEVO LEON A  29 DE JUNIO DEL 2012
























INTRODUCCION



            Esta investigación es acerca de los seguros que cubre el régimen obligatorio  perteneciente al seguro social, veremos el concepto de cada uno así como las prestaciones compendiadas por cada uno de estos. www.uar.edu.mx





LOS SEGUROS CUBIERTOS POR EL REGIMEN OBLIGATORIO





            El régimen obligatorio comprende los siguientes seguros:



ü  Riesgos de trabajo

ü  Enfermedades y maternidad

ü  Invalidez y vida

ü  Retiro, cesantía en edad avanzada y vejez

ü  Guarderías y prestaciones sociales



DE LOS RIESGOS DE TRABAJO



            Según la Ley de Seguro Social los riesgos de trabajo son los accidentes (entiéndase por accidente, toda lesión orgánica o perturbación inmediata o posterior; o la muerte, producida repentinamente) y enfermedades (estado patológico derivado de la acción continuada) a que están expuestos los trabajadores en ejercicio o con motivo de trabajo. 



            En el caso de los accidentes de trabajo, se consideran los ocasionados en el lugar y tiempo en que el trabajador este a disposición del patrón e incluso el que se produzca al trasladarse de su domicilio al lugar de trabajo y viceversa.



            Si el riesgo de trabajo ocurre cuando el trabajador se encuentre en estado de embriaguez, bajo los influjos de psicotrópico, narcótico, drogas enervantes; o en el caso de que sean causados intencionalmente, o por causa de una riña o es resultado por la comisión de un delito, la ley no lo reconocerá como tal.



            Los riesgos de trabajo pueden producir:



ü  Incapacidad temporal

ü  Incapacidad permanente parcial

ü  Incapacidad permanente total

ü  Muerte



Las prestaciones a las que el asegurado será acreedor por este seguro son:



En especie:

ü  Asistencia medica, quirúrgica y farmacéutica

ü  Servicio de hospitalización

ü  Aparatos de prótesis y ortopedia

ü  Rehabilitación



En dinero:



ü  Cien por ciento del salario que estuviese cotizando al momento del riesgo, por el tiempo de la inhabilitación

ü  Setenta por ciento del salario que estuviese cotizando al momento del riesgo, pensión definitiva en incapacidad permanente total.

ü  En el caso de incapacidad permanente parcial, superior al 50% se le otorgara una pensión.

ü  A los pensionados por incapacidad permanente parcial o total, se le otorgara un aguinaldo anual equivalente a 15 días del importe de su pensión.



Para que al asegurado pueda gozar de las prestaciones en dinero, deberá someterse a los exámenes médicos y a los tratamientos que determine el Instituto, salvo cuando lo justifique la causa de no hacerlo.



ENFERMEDADES Y MATERNIDAD



            Por este seguro quedan protegidos:



ü  El asegurado

ü  El pensionado

ü  La esposa (o), concubina (nario), del asegurado (a)

ü  Los hijos menores de dieciséis años

ü  Los hijos cando no puedan mantenerse por su propio trabajo debido a una discapacidad

ü  El padre o madre del asegurado o pensionado



Se tendrá como fecha de iniciación de la enfermedad o maternidad la que el Instituto certifique. El asegurado, pensionado y los beneficiarios deberán sujetarse a las prescripciones y tratamientos médicos indicados por el instituto.



Las prestaciones de este seguro son en.



En especie:



ü  Asistencia medico quirúrgica,  Farmacéutica y hospitalaria, durante 52 semanas a partir del comienzo de la enfermedad.

ü  En caso de maternidad: asistencia obstétrica, ayuda en especie para la lactancia y canastilla de productos básicos para el bebe.



En dinero



ü  Subsidio en dinero del 70% del salario de cotización,  a partir del cuarto día del inicio de la incapacidad y mientras dure esta.

ü  En caso de maternidad el subsidio será del 100% durante 42 días antes y después del parto





SEGURO DE INVALIDEZ Y VIDA



Según la ley del Seguro Social se considera invalidez cuando el asegurado se halle imposibilitado para procurarse, mediante trabajo igual, una remuneración superior al 50% de la habitual.



En estado de invalidez el asegurado tendrá las prestaciones siguientes:



ü  Pensión temporal

ü  Pensión definitiva



No tendrá derecho al disfrute de la pensión de invalidez  el asegurado que por si o de acuerdo con otra haya provocado la invalidez; cuando sea responsable de un delito intencional que origino la invalidez; y cuando haya padecido la invalidez antes de su afiliación.



Cuando ocurra la muerte del asegurado o pensionado por invalidez el Instutito esta obligado a otorgar a sus beneficiarios:



ü  Pensión por viudez

ü  Pensión por orfandad

ü  Pensión por ascendencia

ü  Ayuda asistencia a la pensionada por viudez

ü  Asistencia medica



DEL SEGURO DE RETIRO, CESANTIA EN EDAD AVANZADA Y VEJEZ



            Cesantía en edad avanza es cuando el asegurado queda privado de trabajos remunerados a partir de los sesenta años de edad, y el instituto otorgara las siguientes prestaciones:



ü  Pensión

ü  Asistencia medica

ü  Asignaciones familiares

ü  Ayuda asistencial







En el ramo de la vejez las prestaciones serán las mismas prestaciones que en el seguro de cesantía con la diferencia que para otorgar este seguro deberá contar el asegurado con sesenta y cinco años.



GUARDERIAS Y PRESTACIONES SOCIALES



Este seguro cubre el riesgo  de no poder proporcionar cuidados durante la jornada de trabajo a sus hijos en la primera infancia, de la mujer trabajadora, trabajador viudo o divorciado que tenga la custodia de sus hijos.



Las prestaciones sociales comprenden:



ü  Prestaciones sociales institucionales: tienen como finalidad fomentar la salud prevenir enfermedades y accidentes y contribuir a la elevación general de los niveles de vida de la población.

ü  Prestaciones de solidaridad social: comprenden acciones de salud comunitaria, asistencia medica, farmacéutica e incluso hospitalaria.



CONCLUSION



            El instituto del seguro social tiene a su cargo una gran responsabilidad que es garantizar a la población el derecho a la salud y a su bien estar, y para este fin fueron creados estos seguros los cuales cubren todas las contingencias que podrán ocurrir en el ramo de la seguridad social

fiscal impuestos (1)


UNIVERSIDAD ALFONSO REYES



UNIDAD LINDA VISTA



DIVISION HUMANIDADES

LICENCIATURA EN CIENCIAS JURIDICAS







NOMBRE: GABRIELA ELIZABETH AVILA RODRIGUEZ



MATRICULA. L-9720



MATERIA: DERECHO FISCAL



CATEDRATICO: LIC. NORMA VEGA



ENSAYO: IMPUESTOS



GUADALUPE, NUEVO LEON A 26 DE JUNIO DEL 2012
























INTRODUCCION



La materia fiscal abarca muchos aspectos del ámbito económico de un país, en este ensayo se tocaran el punto de los impuestos.  Como cuales impuestos existen, cual es la finalidad de los impuestos, como se integran, y mas.





LOS IMPUESTOS



El impuesto es una clase de tributo  regido por derecho público. Se caracteriza por no requerir una contraprestación directa o determinada por parte de la administración hacendaria.

Los impuestos en la mayoría de legislaciones surgen exclusivamente por la "potestad tributaria del Estado", principalmente con el objeto de financiar sus gastos. Su principio rector, denominado "Capacidad Contributiva", sugiere que quienes más tienen deben aportar en mayor medida al financiamiento estatal, para consagrar el principio constitucional de equidad y el principio social de solidaridad.

La vinculación ingreso público-financiamiento, no debe en modo alguno hacer pasar por alto los usos adicionales y los propósitos a que frecuentemente afecta a los ingresos, la Hacienda Pública moderna utiliza los instrumentos de captación de ingresos públicos adicionalmente como instrumentos de política económica, es decir a través de ellos, en ocasiones pretende además de allegarse medios de cobertura del gasto público, alcanzar determinados resultados en el ámbito de economía, por ejemplo estimular el ahorro, incentivar la creación de fuentes de empleo, reforzar la lucha contra los procesos inflacionarios restando liquidez a la economía, etc.

Elementos del impuesto

ü  Hecho imponible: Aquella circunstancia cuya realización, de acuerdo con la ley, origina la obligación tributaria. Son hechos imponibles comunes la obtención de una renta, la venta de bienes y la prestación de servicios, la propiedad de bienes y la titularidad de derechos económicos, la adquisición de bienes y derechos por herencia o donación.

ü  Sujeto pasivo: el que debe, es la persona natural o jurídica que está obligada por ley al cumplimiento de las prestaciones tributarias. Se distingue entre contribuyente, al que la ley impone la carga tributaria, y responsable legal o sustituto del contribuyente que está obligado al cumplimiento material o formal de la obligación.

ü  Sujeto activo: es la entidad administrativa beneficiada directamente por el recaudo del impuesto, quien hace figurar en su presupuesto los ingresos por el respectivo tributo. En el caso colombiano, por ejemplo, los sujetos activos son administraciones de carácter territorial de orden nacional, departamental, municipal o distrital, a los que la creación del tributo define en un caso u otro como destinatarios.

ü  Base imponible: es la cuantificación y valoración del hecho imponible y determina la obligación tributaria. Se trata de una cantidad de dinero, pero puede también tratarse de otros signos, como el número de personas que viven en una vivienda, litros de gasolina, litros de alcohol o número de cigarros.

ü  Tipo de gravamen: es la proporción que se aplica sobre la base imponible con objeto de calcular el gravamen. Dicha proporción puede ser fija o variable.

ü  Cuota tributaria: Aquella cantidad que representa el gravamen y puede ser una cantidad fija o el resultado de multiplicar el tipo impositivo por la base imponible.

ü  Deuda tributaria: es el resultado final luego de reducir la cuota con posibles deducciones y de incrementarse con posibles recargos, que debe ser a pagada al sujeto activo según las normas y procedimientos establecidos para tal efecto.

Finalidades

ü  Fines fiscales: es la aplicación de un impuesto para satisfacer una necesidad pública de manera indirecta. Es decir, se recauda y lo producido de la recaudación (el dinero) se aplica en gastos para financiar diversos servicios públicos.

ü  Fines extra-fiscales: es la aplicación de un impuesto para satisfacer una necesidad pública o interés público de manera directa. El clásico ejemplo son los impuestos a los cigarrillos y a las bebidas alcohólicas.

ü  Fines mixtos: es la finalidad de búsqueda conjunta de los dos fines anteriores.

Impuestos directos e indirectos

Impuesto directo o imposición directa es el impuesto que grava directamente las fuentes de riqueza, la propiedad o la renta. Son el impuesto sobre la renta, el impuesto sobre el patrimonio, el impuesto de sucesiones, la contribución rústica y urbana (o impuesto sobre bienes inmuebles), los impuestos sobre la posesión de vehículos (Impuesto de la tenencia o uso de vehículos, Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica), animales, etc. En sistemas fiscales históricos se daba la capitación (impuesto igual a todos los habitantes), y también eran impuestos directos muchos de los exigidos dentro del complejo sistema fiscal en torno a la renta feudal.

Impuesto indirecto o imposición indirecta es el impuesto que grava el consumo. Su nombre radica en que no afecta de manera directa los ingresos de un contribuyente sino que recae sobre el costo de algún producto o mercancía. El impuesto indirecto más importante es el impuesto al valor agregado o IVA el cual constituye una parte importante de los ingresos tributarios en muchos países del mundo. Históricamente, es el caso de la alcabala castellana del Antiguo Régimen y de los consumos del siglo XIX.

Tipos de impuestos

La clasificación de impuestos de la OCDE es la siguiente:

ü  Impuestos sobre la renta (ISR), los beneficios y las ganancias de capital

Ø  Impuestos individuales sobre la renta, beneficios y ganancias de capital

Ø  Impuestos de sociedades sobre la renta, beneficios y ganancias de capital

Ø  Otros

ü  Contribuciones a la Seguridad Social

Ø  Trabajadores

Ø  Empresarios

Ø  Autónomos y empleados

ü  Impuestos sobre nóminas de trabajadores y mano de obra

ü  Impuestos sobre la propiedad

Ø  Impuestos periódicos sobre la propiedad inmobiliaria

Ø  Impuestos periódicos sobre la riqueza neta

Ø  Impuestos sobre herencias, sucesiones y donaciones

Ø  Impuestos sobre transacciones financieras y de capital

Ø  Impuestos no periódicos.

ü  Impuestos sobre bienes y servicios

Ø  Impuestos sobre producción, venta, transferencias, arrendamiento y distribución de bienes y prestación de servicios.

Ø  Impuestos sobre bienes y servicios específicos

Ø  Impuestos sobre uso o permiso de uso o desarrollo de actividades relacionadas con bienes específicos (licencias).

ü  Otros impuestos

Ø  Pagados exclusivamente por negocios

Ø  Otros

CONCLUSION

En conclusión los impuestos son las aportaciones que cada individuo consumidor paga, para que el Estado obtenga los recursos necesarios para cubrir las necesidades básicas de sus gobernados.  Y gracias a estos obtenernos muchos de los beneficios que el Estado nos presta como la infraestructura vial, los servicios de seguridad, etc.